REGISTRO DE LA JORNADA LABORAL

El registro de la jornada laboral será obligatorio. Te ayudamos a hacerlo

El pasado viernes 8 de marzo se aprobó en el Consejo de Ministros el decreto ley que obligará a las empresas al registro de la jornada laboral de sus trabajadores. Por tanto, los trabajadores tendrán que «fichar» en el inicio y en el fin de su jornada.

Fue publicada en el BOE el 12 de marzo de 2019 dentro del Real Decreto Ley 8/2019. Modificando así el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores, incluyendo un nuevo apartado, el número 9 concretamente.

Con esta medida se pretende garantizar la seguridad laboral de los trabajadores y acabar con la precariedad reflejada en multitud de denuncias en la Inspección de Trabajo.

Preguntas frecuentes

¿Cuando comenzará esta medida?

Las empresas estarán obligadas a comenzar con ello dos meses después de su publicación en el BOE.

Por tanto a partir del mes de mayo las empresas deberían estar realizando dicho registro diario.

¿Cuánto tiempo debe guardarse el registro horario?

Las empresas estarán obligados a guardar la información del registro horario de sus trabajadores durante un período de cuatro años.

¿Qué consecuencias tendrá no tener el registro de la jornada laboral?

Se ha establecido una modificación en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) para añadir como infracción grave la falta del registro de la jornada laboral.

Por tanto, las sanciones podrían ser las siguientes según el grado:

  • Mínimo: de 626 € a 1.250 €
  • Medio: de 1.251 € a 3.125 €
  • Máximo: de 3.126 € a 6.250 €

¿Cómo puedo realizar el registro de la jornada laboral?

Existen diversos métodos para llevar dicho control diario. La ley permite tanto el registro manual como el informatizado.

El contenido del registro debe contener al menos la siguiente información:

  • La identificación del trabajador
  • Hora y fecha de entrada y salida
  • Firma manual o electrónica del trabajador

Junto con la nomina se deberá de entregar al trabajador el documento del resumen de horas realizadas cada mes.

Por otro lado es obligatorio que el registro esté permanentemente en el lugar de trabajo y que sean los trabajadores quienes ejecuten dicho registro.

En TDTprofesional, llevamos tiempo realizando dicho control, y para mayor comodidad para todos, recomendamos el uso del sistema de gestión de horarios INKEY TIME de Fermax.

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Como hemos comentado anteriormente llevamos dos años controlando el registro de horas con este sistema antes conocido como BioKey Time.

Su uso es realmente sencillo y fácil. Únicamente se tiene que registrar a los empleado a través de su huella dactilar o usando un llavero que puede llevar junto a sus llaves.

Al llegar al trabajo pulsarán el lector de huellas o pasarán el llavero, y quedará registrada la fecha y hora de entrada. Al igual sucede con la salida.

Es totalmente plug & play y su interfaz es muy intuitiva con todas las garantías de pertenecer a Fermax.

Además podrás sacar toda la información de tus empleados en tiempo real. También podrás conseguir gráficas sobre tus empleados o turnos y horarios.

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